¿Cuáles Recipientes Criogénicos no requieren Aviso (autorización) de la STPS?

 En la NOM-020-STPS-2011 se establecen que los Recipientes Criogénicos del tipo II no requieren dar aviso a la STPS, pero deberá cumplir con los demás requisitos que establece la misma norma.

Los Recipientes Criogénicos del tipo II son los que tienen un volumen menor o igual a 1 m3 (1000 litros = 219.97 gal).

Referencia. 5.13; 7.1.2 a) y 16.1 de la norma.