¿Cuáles son los equipos exceptuados para cumplir con la NOM-020-STPS-2011?

En la propia norma se establecen los equipos que están exceptuados en su punto 2.2 los cuales son los siguientes:

  1. a)      Campanas de buceo;(equipos que se usan en el ámbito submarino principalmente)
  2. b)      Campanas o cámaras hiperbáricas;(tipo de recipiente sujeto a presión, diseñado para que en su interior permanezcan personas con fines de compresión y descompresión de su organismo, se usan principalmente en la industria marina para que permanezcan los buzos o en algunos tratamientos hospitalarios)
  3. c)      Recipientes utilizados como extintores;
  4. d)      Contenedores que trabajen a presión atmosférica;
  5. e)      Recipientes que trabajen interconectados en una misma línea de proceso, donde la presión de operación del conjunto de equipos y de cada uno de los equipos, se encuentren entre 29.42 kPa (0.3 Kg/cm2) y 196.14 kPa (0.3 Kg/cm2) de presión manométrica y, al final de la línea de proceso, se encuentren abiertos a la atmósfera;
  6. f)       Tuberías, cabezales de distribución que no se utilicen como acumuladores de fluidos y sus componentes (juntas de expansión y conexiones);
  7. g)      Recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;(tales los que contienen O2, CO2, argón, nitrógeno gaseoso, acetileno etc.)
  8. h)      Accesorios presurizados y utilizados como componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación, aspersión, distribución, medición, filtrado o control de fluidos que no rebasen 0.15 m de diámetro nominal, instalados en los recipientes sujetos a presión;
  9. i)       Recipientes instalados en equipos móviles asociados con sus sistemas de frenado;
  10. j)       Recipientes que contengan gas licuado de petróleo, regulados por disposiciones legales cuya vigilancia compete a la Secretaría de Energía, (como los tanques de gas LP)
  11. k)      Carros-tanque que transportan gases comprimidos, cuya regulación se encuentra a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.