¿Cuáles son los equipos exceptuados para cumplir con la NOM-020-STPS-2011?
En la propia norma se establecen los equipos que están exceptuados en su punto 2.2 los cuales son los siguientes:
- a) Campanas de buceo;(equipos que se usan en el ámbito submarino principalmente)
- b) Campanas o cámaras hiperbáricas;(tipo de recipiente sujeto a presión, diseñado para que en su interior permanezcan personas con fines de compresión y descompresión de su organismo, se usan principalmente en la industria marina para que permanezcan los buzos o en algunos tratamientos hospitalarios)
- c) Recipientes utilizados como extintores;
- d) Contenedores que trabajen a presión atmosférica;
- e) Recipientes que trabajen interconectados en una misma línea de proceso, donde la presión de operación del conjunto de equipos y de cada uno de los equipos, se encuentren entre 29.42 kPa (0.3 Kg/cm2) y 196.14 kPa (0.3 Kg/cm2) de presión manométrica y, al final de la línea de proceso, se encuentren abiertos a la atmósfera;
- f) Tuberías, cabezales de distribución que no se utilicen como acumuladores de fluidos y sus componentes (juntas de expansión y conexiones);
- g) Recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;(tales los que contienen O2, CO2, argón, nitrógeno gaseoso, acetileno etc.)
- h) Accesorios presurizados y utilizados como componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación, aspersión, distribución, medición, filtrado o control de fluidos que no rebasen 0.15 m de diámetro nominal, instalados en los recipientes sujetos a presión;
- i) Recipientes instalados en equipos móviles asociados con sus sistemas de frenado;
- j) Recipientes que contengan gas licuado de petróleo, regulados por disposiciones legales cuya vigilancia compete a la Secretaría de Energía, (como los tanques de gas LP)
- k) Carros-tanque que transportan gases comprimidos, cuya regulación se encuentra a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.